Mediante Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, del 26 de abril de 2018, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; asimismo, dispuso que las máximas autoridades de las entidades públicas son las responsables de su implementación, velando por su ejecución, cumplimiento y financiamiento, con cargo a sus presupuestos institucionales.
El Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, en el numeral IV, propone como estrategia de implementación del sistema de integridad pública nacional, un “Modelo de Integridad para las entidades del Sector Público”, estructurada en nueve componentes:
Compromiso de la Alta Dirección
Transparencia, Datos Abiertos y Rendición de Cuentas.
Controles Interno, Externo y Auditoría.
Comunicación y Capacitación.
Supervisión y Monitoreo del Modelo de Integridad Pública.
Encargado del Modelo de Integridad Pública.
El 26 de julio de 2018, frente a la crisis estructural del Poder Judicial evidenciada con la exposición mediática de numerosos audios, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el “Plan de Cambios Urgentes para el Poder Judicial”, el mismo que aborda áreas sensibles como transformaciones orgánicas y lucha contra la corrupción, propone cambios en la organización del gobierno judicial y su necesaria transparencia, y plantea la creación de un sistema de gestión de riesgo -radicado en la corrupción-, respectivamente.
Por Resolución Administrativa Nº 279-2018-CE-PJ, publicada el 30 de noviembre de 2018, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la realización del estudio de viabilidad para la implementación del “Sistema de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Poder Judicial”, conforme a los criterios señalados en el fundamento quinto de la citada resolución. Asimismo, designó a la abogada Lucy Macarena Zare, Coordinadora General del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, para que realice el mencionado estudio de factibilidad y presente un Plan de Trabajo. La mencionada profesional, a través del Informe Nº 01-2018-LMZCH-GA-P-PJ, del 18 de diciembre de 2018, cumplió lo ordenado y en el primer anexo incorporó el “Proyecto de Plan Nacional del Poder Judicial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 12.2018 -12.2021”.
El mencionado informe, determinó que el Poder Judicial presenta un nivel de avance de implementación del modelo de integridad pública - propuesto por el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM- de aproximadamente el 30%. En ese sentido, considera que la brecha de integridad pública sería del 70% aproximadamente.
Bajo ese análisis, el Poder Judicial se orienta a tener un modelo de integridad pública que cubra al 100% los nueve componentes del modelo propuesto por el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM. En consecuencia, este sería el “Alcance” del modelo de integridad pública judicial; y, para llegar a la meta debe cubrirse la brecha señalada en el párrafo precedente, por lo que resulta conveniente un plan de implementación progresivo del sistema de integridad pública para dicho propósito.
El Informe Nº 01-2018-LMZCH-GA-P-PJ señala que la implementación en el Poder Judicial de un Sistema de Integridad y Lucha contra la Corrupción resulta viable por la necesidad de cumplir el objetivo estratégico institucional 4 del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2021 - generar confianza de la población en la administración de justicia-, en un contexto en el que la ciudadanía exige que el Poder Judicial adopte acciones concretas para evidenciar el interés por la prevención y lucha contra la corrupción.
El contexto interno y externo de la organización evidencia una predisposición para la reforma judicial, lo cual debe aprovecharse y potenciarse para implantar una gestión del cambio que se oriente a la afirmación de una cultura organizacional forjada en la integridad pública; así como en los valores éticos de todos sus integrantes.
Asimismo, afirma que un adecuado sistema de integridad pública incorpora necesariamente esquemas de trabajo alineados con la prevención de la corrupción, la identificación y control de riesgos y la sanción frente a hechos reñidos con la ética e integridad pública, lo cual implica la autoevaluación de la organización, la corrección de sus debilidades, la voluntad y acción para afrontar sus amenazas -desde sus organismos de gobierno y de alta dirección-; así como potenciar sus fortalezas y aprovechar las oportunidades que se le presentan. Todo ello sintoniza con el clamor de la población de un Poder Judicial garante de la seguridad jurídica y de los derechos fundamentales de las personas.
En ese sentido, se justifica la implantación progresiva del Sistema de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Poder Judicial, el mismo que se inició en diciembre de 2018 y que debería concluir en diciembre de 2021, priorizando en el 2019 la elaboración de los diversos instrumentos políticos y de gestión que le den soporte normativo al sistema; así como actividades de sensibilización en la política de integridad a toda la organización, a cargo de una Comisión de Integridad Judicial - de vigencia provisional-, y durante los años 2020 y 2021, realizar la implementación a nivel nacional de órganos jurisdiccionales u oficinas, puestos de trabajo, programas, sistemas de gestión de riesgos, auditorías, seguimiento y monitoreo, entre otros, a cargo de la Oficina de Integridad Pública del Poder Judicial y sus 35 órganos descentralizados - Coordinaciones Distritales a nivel nacional-, lideradas por el/la Oficial de Integridad y los/las Coordinadores/as Distritales de Integridad, previa asignación de financiamiento en el presupuesto del Poder Judicial para los Ejercicios Fiscales 2020 y 2021.
Esto resulta necesario para que el proyecto de implementación progresiva del sistema de integridad pública en el Poder Judicial esté alineado con los objetivos estratégicos de la organización, incorpore acciones estratégicas, actividades institucionales, descripciones de meta, cronograma de ejecución con fechas de inicio y de término, indicadores de cumplimiento, metas por cantidad y unidad de medidas, programación anual, y determine a los responsables de las actividades dentro de la institución.
Hasta diciembre de 2019 se realizará una labor prioritariamente de despacho y de sensibilización -generación del soporte político y normativo del sistema de integridad pública judicial-, durante los años 2020 a 2021, se ejecutarán a nivel nacional, programas, sistemas de gestión, implementación de oficinas, labores de supervisión, entre otros.
El compromiso y liderazgo de la alta dirección con el modelo de integridad pública se evidencia, entre otros, a través de la creación de la Oficina de Integridad y del puesto de Oficial de Integridad -dependiendo de la complejidad de la organización-. Por la dimensión de la organización, al Poder Judicial le correspondería una Oficina de Integridad a cargo de un Oficial de Integridad; y 35 Coordinaciones Distritales de Integridad, bajo la responsabilidad de 35 Coordinadores Distritales de Integridad. Todos ellos a dedicación exclusiva.
Sin embargo, estos organismos y puestos aún no cuentan con presupuesto en el Plan Operativo Institucional ni están previstos en la Ley de Presupuesto para el año 2019, tampoco cuentan con una ubicación en el organigrama del Poder Judicial. Es por ello que debe trabajarse arduamente durante el 2019 para su inclusión a efectos de darles continuidad, y dotarlos de la autonomía e independencia necesarias para el ejercicio de sus funciones.
En tanto se produce la creación de la Oficina de Integridad, las Coordinaciones Distritales de Integridad y los puestos de Oficial de Integridad y de Coordinadores Distritales de Integridad, la implementación del sistema de integridad pública estará a cargo de una Comisión de Integridad Judicial, la misma que se integrará por dos jueces supremos, el Gerente General del Poder Judicial, y el secretario/a técnico de integridad judicial.
Esto resulta necesario para garantizar la comunicación, sensibilización y creación del soporte político y normativo del sistema de integridad pública judicial, la asignación de recursos presupuestales correspondientes y, la vigilancia permanente del cumplimiento de las actividades del Plan programadas en su primera fase - diciembre de 2019 hasta diciembre de 2021-.
A mayor abundamiento, la conformación de una comisión integrada por Jueces Supremos y el Gerente General constituye una medida acorde con la adecuada gestión del cambio, porque serán ellos quienes sensibilizarán al resto de la organización sobre la importancia del modelo de integridad pública del Poder Judicial, y la necesidad de la independencia y autonomía con que debe contar la Oficina de Integridad y del puesto de Oficial de Integridad, y sus equivalentes en los distritos judiciales y Sala Penal Nacional, lo que resulta fundamental en una organización de estructura y cultura altamente jerarquizada.
En mérito al Acuerdo Nº 868-2018 de la trigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, se aprobó la implementación progresiva en el Poder Judicial del Sistema de Integridad Pública y Lucha contra la Corrupción, conforme a los fundamentos del Informe Nº 01-2018-LMZCH-GA-P-PJ, “Estudio de Viabilidad para la Implementación del Sistema de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Poder Judicial”, “Plan Nacional del Poder Judicial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 12.2018 -12.2021” y la creación de la “Comisión de Integridad Judicial”.